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¿Qué es una Renta Vitalicia?

Es una solución previsional que garantiza una pensión fija para tu jubilación, independiente de las posibles variaciones del mercado, entregando tranquilidad y seguridad al momento de tu pensión.

La renta mensual se pagará desde que suscribas el contrato o a partir del momento que lo definas, dependiendo de la modalidad de pensión que hayas escogido, y será hasta tu fallecimiento, pudiéndose incluir el pago de pensiones de sobrevivencia a tus beneficiarios legales.

Ventajas de la Renta Vitalicia:

  • Pensión fija, no varía en el tiempo y es para toda la vida.
  • Monto en UF, no pierde valor en el tiempo.
  • Pensiones de sobrevivencia para tus beneficiarios legales.
  • Cuenta con Garantía Estatal, beneficio financiado por el Estado.
  • Cuota mortuoria destinada a cubrir los gastos funerarios*.

*Cubre sólo el fallecimiento del causante de la Renta Vitalicia.

Para acceder a una Renta Vitalicia todo lo que necesitas es cumplir con una pensión mayor o igual a UF 3 y realizar el trámite de pensión según lo que se indica en nuestra sección referente al tema.

Si deseas tomar la mejor decisión para tu pensión debes hacerlo informado, por lo que a continuación te presentamos algunos temas que debes saber antes de iniciar su jubilación.

¿Cómo pensionarte?

Conoce los hitos para iniciar tu proceso de pensión.

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Inicia el trámite y obtén tu Certificado de Saldo

Contacta a tu AFP para completar tu Solicitud de Pensión y la Declaración de Beneficiarios. Dentro de los próximos 10 días hábiles la AFP deberá emitir un Certificado de Saldo, que indicará el monto total de ahorros en tu cuenta individual.

¿No sabes qué modalidad escoger? Te ayudamos a descubrirlo

Conoce nuestras diferentes alternativas de pensión y descubre la que más se adapta a tus necesidades con nuestro Orientador de modalidades de pensión.

Conoce más
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Tipos de pensión

Existen 3 tipos de pensión, las que se diferencian por el momento específico en que se solicitan o por situaciones especiales que ameriten su obtención de forma anticipada.

  • Es un beneficio previsional que otorga el derecho a los afiliados al sistema a obtener una pensión proveniente de los fondos ahorrados durante su vida laboral al momento de cumplir las edades legales, mujeres a los 60 años y los hombres a los 65 años de edad.

    Pensionarse a la edad legal es un derecho y no una obligación, de esta forma los afiliados hombres o mujeres, pueden optar por postergar su jubilación para continuar trabajando e incrementar sus ahorros previsionales y así obtener una mejor pensión.

    La pensión anticipada de vejez es un beneficio que permite jubilar antes de la edad legal, siempre que los fondos previsionales ahorrados sean suficientes para obtener una pensión mensual equivalente o mayor al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles de los últimos 10 años e igual o superior a UF 12.

Modalidades de pensión

Contamos con tres modalidades de pensión con diferentes características y formas de financiamiento. Además existe una cuarta modalidad de pensión llamada Retiro Programado, la cual es ofrecida solamente por las AFP.

  • Una solución rápida y de simple acceso. Al recibir los fondos previsionales del afiliado desde la AFP, Penta Vida se hace cargo de pagar mensualmente una pensión a cada pensionado o beneficiario de pensión de sobrevivencia, según corresponda. La Renta Vitalicia es la opción para ti si crees que vivirás muchos años luego de tu jubilación, si piensa que tus gastos podrían mantenerse o aumentar en el tiempo, o si el pago de la pensión será tu ingreso principal, evitando así el riesgo de que el monto de tu pensión disminuya con los años. Además, tiene las siguientes características:

    • El monto de pensión determinado es fijo en unidades de fomento (UF).
    • Si el pensionado opta por esta modalidad, está asegurando un monto de pensión fijo indiferente de los resultados futuros de los mercados financieros y los años que se extienda tu pensión en el tiempo.
    • El asegurado mantiene el pago a la institución de salud en Isapre o Fonasa de acuerdo a las disposiciones vigentes y puede acceder a los beneficios del estado que otorga la ley, tales como Asignación Familiar o Pensión Garantizada Universal (PGU).
    • Los beneficiarios legales mantienen su derecho a pensión de sobrevivencia.
    • No genera herencia, pero permite al pensionado asegurar el monto de su pensión solicitando un Período Garantizado distribuyendo el 100% entre sus beneficiarios legales o en ausencia de ellos a quienes designe, en caso de que fallezca.
    • Para pensiones de vejez e invalidez, permite contratar voluntariamente la condición especial de cobertura Cláusula adicional de aumento temporal de pensión, la cual por un período temporal establecerá un monto de pensión mayor a la pensión fija vitalicia contratada.
    • En caso de fallecimiento del pensionado la Compañía entrega una Cuota Mortuoria de hasta UF 15 para cubrir los gastos funerarios.
    • No permite cambio de modalidad de pensión en el futuro, una vez contratada es irrevocable,
    • La Renta Vitalicia debe ser igual o mayor a UF 3 para ser contratada.

Condición especial de cobertura

Se trata de una cobertura a la que puede acceder voluntariamente cualquier pensionado al contratar una Renta Vitalicia llamada Período Garantizado.

Esta condición implica que, si el afiliado fallece antes del término del Período Garantizado que definió en convenio con Penta Vida, se realizará el pago del 100% de las rentas garantizadas no percibidas por todo el tiempo restante. Estas rentas serán distribuidas entre los beneficiarios legales, que en el caso de no existir, implicaría que el pago de las rentas mensuales se realice a las personas que el mismo afiliado haya designado, y a falta de éstos últimos a sus herederos.

Esta condición adicional podrá contratarse en conjunto con la Cláusula adicional de aumento temporal de pensión.

Renta garantizada

Acceso voluntario

Resguardo para los herederos

Si estás interesado en una Renta Vitalicia, ingresa tus datos y te contactaremos.