Te has hecho la pregunta “¿puedo jubilarme antes de los 60 años?” Aunque la ley establece que la edad legal para jubilar es a los 60 años para las mujeres y 65 para los hombres, cumpliendo algunos requisitos puedes jubilarte de manera anticipada, adelantando esta importante etapa de tu vida.
La jubilación anticipada está regulada en el artículo 68 del D.L 3.500. Básicamente, puedes acceder a ella si el saldo efectivo en tu cuenta de capitalización individual te permite acceder a:
Adicionalmente, la norma en mención establece que podrás pensionarte por vejez antes de cumplir la edad legal en la modalidad de Retiro Programado y sin ceder tus derechos sobre el Bono de Reconocimiento, siempre que:
Respecto a la edad para jubilación anticipada no hay edad mínima según lo establecido en el Decreto de Ley. Sin embargo, debes tener un mínimo de 10 años como afiliado al sistema de pensiones.
Según la ley, los afiliados que trabajan en labores calificadas como pesadas y no cumplen los requisitos aquí mencionados, pueden obtener una rebaja de la edad legal para pensionarse equivalente a dos años por cada cinco que hubieren cotizado el 2% (adicional al 10% obligatorio) de la remuneración imponible.
Dicha rebaja, según el artículo 68 bis, será de un año por cada 5 de cotización, si no cotizaste el 2% adicional sino el 1%, atendiendo a la calificación de la faena que en su momento hubiese hecho la Comisión Ergonómica Nacional.
Lo primero que debes hacer es presentar ante la AFP la solicitud de pensión de vejez anticipada y la Declaración de Beneficiarios. La Administradora se encargará de determinar si estás en edad para jubilación anticipada y si cumples los requisitos para hacerlo. De ser así, los pasos siguientes serán:
Si cumples con lo anterior, anímate a solicitar tu jubilación anticipada y disfruta de los beneficios de hacerlo, como dedicar tu tiempo completo a la familia y actividades que te apasionan o continuar trabajando, para incrementar tu ingreso de pensión.