Pensando en tener un presente y futuro más tranquilo, cada vez más personas buscan instrumentos financieros para rentabilizar al máximo sus ahorros. La Renta Privada te permitirá utilizarlos sabiamente para recibir una pensión con pagos mensuales fijos garantizados.
Básicamente es un Seguro de Vida que ofrece un ingreso mensual fijo -en UF- por un período determinado de tiempo, o hasta que fallezcas. Al ser un ingreso fijo, entrega tranquilidad y quita preocupaciones de posibles variaciones del mercado. El cliente entrega a la Compañía de Seguros un monto de fondos no previsionales, y esta se compromete a pagar mensualmente una renta fija.
Puedes escoger quienes serán tus beneficiarios, siempre que exista interés asegurable. También se puede definir la distribución de renta y porcentaje que recibirá cada uno.
Dado que puede ocurrir que alguno de tus beneficiarios principales no puedan recibir la renta, tienes la oportunidad de seleccionar con anticipación a las personas o beneficiarios contingentes (o secundarios) que pasarán a recibir el pago.
Ya seas el contratante, asegurado o beneficiario, debes tener nacionalidad chilena y residir de forma permanente en Chile. La edad máxima que debes tener para la contratación de la Renta Privada es de 75 años, mientras que siendo el asegurado deberás tener mínimo 18 años y máximo 85 años.
Los ingresos fijos que recibirás serán en UF, que se caracteriza por no perder su valor con el tiempo. Esto quiere decir que, sin importar la inflación, tu renta no se verá afectada.
Además, tienes la libertad de elegir beneficiarios, montos, tipo de renta y plazos de pago. Asimismo, la Renta Privada no constituye renta para efectos tributarios o de herencia.
Básicamente, se dividen en:
Esta opción te permite definir un plazo para recibir tus pagos mensuales y los de tus beneficiarios, donde cada uno puede ser diferente si así lo prefieres. Cabe destacar que los beneficiarios no pueden aumentar sus pagos entre ellos.
Como se trata de una renta temporal, es revocable y puedes terminarla antes de los plazos pautados, que deben ser de entre 12 y 480 meses. Sumados a la edad del asegurado, el período resultante no puede superar los 100 años.
En este tipo de Renta Vitalicia Privada recibirás los pagos hasta fallecer. Las rentas de los beneficiarios pueden ser vitalicias o tener plazos acotados, pero no podrán aumentar los porcentajes entre ellos.
El período garantizado implica que, al fallecer, tus beneficiarios principales recibirán el 100% de la renta y podrán acrecer entre ellos. En caso de fallecer después de este período, los beneficiarios recibirán un porcentaje acordado de la renta y no podrán aumentar sus porcentajes.
Para la segunda y tercera alternativa, es importante considerar que la Renta Vitalicia es un contrato irrevocable, por lo que no puedes terminarla una vez adquirida.
En Penta Vida encontrarás las Rentas Privadas que mejor se adaptan a tus necesidades y requerimientos, para que puedas rentabilizar al máximo tus ahorros.